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Una
vez finalizadas las obras de construcción, se deberá continuar con el
trámite de habilitación, adjuntando al expediente ya iniciado:
1º) Copia del Certificado Final o Parcial de Obra Municipal. 2º)
Nota de Solicitud de relevamiento a la Secretaría Municipal de Turismo
(S.M.T.). Con
esto la S.M.T. efectúa la inspección y el relevamiento del
establecimiento con su equipamiento y otorga el número asignado en el
Registro Hotelero Municipal (Certificado de Registro). 3º) Con Certificado de Inscripción en el Registro Hotelero Municipal se debe tramitar la Habilitación Comercial Municipal (Departamento Municipal de Rentas) y así obtener la Licencia Comercial.
4º) Con la presentación de copia de la misma a la S.M.T., esta
dicta la Disposición de Habilitación como alojamiento turístico. |
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